Las consideraciones de Rosario Robles
Para decir no al seguro popular

Jani Luna González y Karina Ortiz García
6 de mayo de 2003

Al mediodía del 29 de abril pasado, día en que en la Cámara de Diputados se aprobó el seguro popular, por cierto en un pervertido proceso legislativo, Rosario Robles Berlanga, dirigente nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), envió un escrito dirigido a Martí Batres Guadarrama, coordinador de la fracción parlamentaria del PRD en la Cámara, así como a los diputados y diputadas de ese partido.
Imagen Médica tiene una copia del documento en el Robles Berlanga manifiesta:

— Ante la inminente discusión en la Cámara de Diputados en torno a la iniciativa de ley que busca crear el denominado Sistema de Protección Social en Salud, también conocido como Seguro Popular, nos dirigimos a ustedes con el objeto de compartir las siguientes consideraciones:
El Seguro Popular de Salud es el intento de la administración pública encabezada por Vicente Fox para ir deshaciéndose de la obligación del gobierno de otorgar salud gratuitamente a la población que por razones de trabajo, de falta de recursos económicos o de ubicación geográfica, no tiene acceso a ellos a través de instituciones de seguridad social.
La reforma que se ha presentado ante el Senado de la República a la Ley General de Salud, se presenta precisamente como una reforma financiera a dicha ley, ya que lo que se pretende es otorgar los servicios de salud a los que está obligado el Estado, mediante un prepago que convierta en obligación las cuotas de recuperación a que la misma ley de salud vigente se refiere en el artículo 36 eliminando la gratitud a que se refiere el artículo 35, cuando menciona que se deberá eximir de su cobro cuando el usuario carezca de recursos para cubrirlas, o en las zonas de menor desarrollo económico y social del país.
El articulo 35 de la Ley General de Salud vigente dice que “Son servicios públicos a la población en general los que se presten en establecimientos públicos de salud a los habitantes del país que así lo requieran, regidos por criterios de universidad y de gratuidad fundada en las condiciones socioeconómicas de los usuarios”.
Lo que la reforma financiera de la Ley General de Salud pretende es precisamente modificar los criterios de universalidad y gratuidad agregando la frase “… en el momento de usar los servicios”, supuestamente buscando con esto que las cuotas de recuperación que en algunos casos se cobran, se sustituyan con el prepago obligatorio.
En los Estados de la República en los que este Seguro Popular de Salud se está ya implementando, se ha puesto de manifiesto la inequidad en la prestación del servicio, ya que en los mismos centros de salud y hospitales de los Servicios Estatales de Salud se atiende por igual a quien está inscrito por haber hecho un pago previo y a quien no lo ha hecho, dando prioridad a quien ha podido pagar su inscripción al Seguro Popular de Salud, sobre aquel que no tiene recursos para ello, causando molestias e irritación por la falta de equidad que representa el quedar relegado para recibir un servicio ante quien sí tuvo el dinero para pagar por anticipado y por anualidad completa el costo del seguro que se pretende instaurar.
Habría que puntualizar también que no se trata de que los recursos para salud que se distribuyen presupuestariamente a los Estados se vayan a incrementar para otorgar las acciones de salud que comprende este seguro o los medicamentos que se requieran; son los mismos recursos que la federación traslada actualmente para la atención desconcentrada de los servicios de salud con lo que en realidad se reducen los que tendrán que utilizarse para la atención a población abierta, castigando en secuencia a los más pobres y marginados.
Por otra parte, esas acciones de salud tienen bastantes limitaciones y no incluyen aquellas que en verdad representan lo que han dado en llamar “gasto catastrófico” en salud; son en realidad una ampliación de las acciones básicas de salud que se proporcionaron durante la administración federal pasada como gratuitas y que sólo eran, en su mayoría, de carácter preventivo.
En el mismo artículo 35 citado de la Ley General de Salud se propone agregar que los derechohabientes de las instituciones de seguridad social podrán acceder a los servicios públicos de salud en los términos de los convenios que se establezcan con esas instituciones, lo que representa también la posibilidad de que esas instituciones puedan atender a población abierta; el criterio de universalidad tiene que ser el fin último para la prestación de los servicios de salud, para lo cual hay que contar con un presupuesto que prevea estas circunstancias, ya que de otra manera se distraería el que actualmente tienen y que difícilmente soluciona los problemas de cumplir con sus obligaciones de ley.
Mientras no se destinen los recursos suficientes para la atención de la salud y se optimice su uso, dando preferencia a los sitios en los que la pobreza y la marginación son la constante, el problema de la atención de la salud, junto con el de la educación, seguirán siendo uno de los más graves que impiden el desarrollo del país.
En conclusión, y por todo lo anterior, los conminamos a que como legisladores perredistas emitan su voto en contra del proyecto que adiciona y reforma la Ley General de Salud. Su voto en ese sentido será entonces a favor de que en México las leyes que rigen las políticas públicas sean construidas con auténtico sentido social y responsabilidad democrática.

La carta de Rosario Robles surtió efecto, todos los diputados perredistas presentes en el pleno, votaron en contra de la iniciativa foxista.

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