México, D. F., abril 24 de 2003

 

POSTURA DEL CENTRO PRODH FRENTE A
LOS RECIENTES ACONTECIMIENTOS DENTRO DE
LAS INVESTIGACIONES DE LOS CRÍMENES
DEL PASADO EN MÉXICO

 

Los más recientes acontecimientos que en materia de investigación de los crímenes del pasado se han dado representan un panorama poco halagador en la posibilidad del acceso a una justicia integral para los familiares y víctimas de la llamada Guerra Sucia.

Por una parte, la reciente decisión de Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal de Nuevo León de negar una orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía Especial para Movimientos Políticos del Pasado en contra de Miguel Nazar Haro, Luis de la Barreda Moreno y Carlos Solana solicitada por la desaparición de Jesús Piedra Ibarra, representa el primer revés jurídico y político de una Fiscalía que determinó consignar un caso políticamente trascendental pero seguramente sin los elementos jurídicos suficientes para sustentar la acusación penal en contra de los ex directores de la extinta Dirección Federal de Seguridad (DFS).

Por otra, el juez Segundo de Distrito en Puebla, Jesús Eduardo Hernández Fonseca, ante la negativa de la Procuraduría de dicho estado de ejercitar acción penal, determinó negar un amparo promovido por la viuda de Joel Arriaga Navarro, militante del Partido Comunista asesinado en julio de 1972, y presentado por la decisión del órgano ministerial de negarse a ejercitar acción penal. El razonamiento del juez fue la prescripción del delito de homicidio.

Lo anterior, aunado a la simulación que ha representado la “investigación” efectuada por la Procuraduría de Justicia Militar sobre las violaciones a los derechos humanos imputadas a Francisco Quirós Hermosillo y Arturo Acosta Chaparro (producto de la negativa de la Fiscalía Especial para atraer la investigación de los casos) representan severos cuestionamientos a las medidas mediante las cuales el Gobierno Federal ha pretendido, generalmente a través de la imposición de medidas unilaterales sin la consulta adecuada a los familiares ni organismos de la sociedad civil, dar respuesta al clamor de justicia de la sociedad mexicana.

Esto es consecuencia de la inexistencia de un real interés y compromiso del Gobierno Federal para establecer medidas que tiendan a dotar de una justicia plena e integral a los familiares y víctimas de los crímenes de estado ocurridos en esa época. El Presidente de la República creó por decreto una Fiscalía para investigar crímenes del pasado, pero la Secretaría de Relaciones Exteriores promovió reservas a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. El Fiscal especial prometió públicamente una investigación a fondo y sanción a los responsables, pero omite la participación de las víctimas y familiares en la investigación y se niega a clasificar los delitos de acuerdo a la normatividad internacional en materia de derechos humanos. El mismo Fiscal estableció que consignaría, sin distinción alguna a todo aquel involucrado en los crímenes del pasado, incluyendo miembros del ejército, pero se negó a atraer las investigaciones relativas a la participación de Quirós Hermosillo y Acosta Chaparro en los cientos de casos de desaparecidos de Guerrero.

A finales de febrero, el Centro Prodh, el Comité de Madres de Desaparecidos de Chihuahua, la Fundación Diego Lucero y AFFADEM (en una reunión sostenida con el Secretario de Gobernación Santiago Creel, para presentarle el Informe sobre el primer año de actividades de la Fiscalía Especial ) alertábamos de la necesidad de modificar radicalmente las condiciones tanto normativas como estructurales en las cuales se sustentaba el trabajo de la Fiscalía, con el objetivo de evitar precisamente, las situaciones que se están dando ahora. Dentro de los señalamientos más importantes estaban la eliminación de las reservas a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, la necesidad de definir y clarificar el mandato de la Fiscalía Especial (de tal manera que se avocara exclusivamente a investigar hechos correspondientes a la llamada Guerra Sucia y las masacres de 1968 y 1971), la necesidad de aumentar el número y capacidad técnica de los ministerios públicos y el replanteamiento de establecer una Comisión de la Verdad que realizara esa parte de la investigación histórica relativa al derecho a la verdad.

La reciente negativa del Juez de Monterrey de librar la orden de aprehensión en contra de quienes encabezaron la DFS anuncia que, mientras estas condiciones no sean modificadas, estaremos ante el riesgo creciente de que la labor de la Fiscalía Especial resulte en un fracaso rotundo dada la poca capacidad técnica que ha demostrado en sus labores y el endeble marco jurídico existente que el Ejecutivo y el Legislativo se han negado a modificar. Por otra parte, la negativa de orden de aprehensión del Juez Cuarto de Distrito, así como la negación de Juez de amparo de Puebla a la viuda de Joel Arriaga y los criterios mediante los cuales los Jueces Federales han desechado la solicitud de familiares y organizaciones sociales para que las investigaciones efectuadas por la Procuraduría Militar pasen a ser competencia civil, empiezan a delinear una actitud del Poder Judicial Federal sobre el tema que esperemos sufra una modificación radical en próximas ocasiones. El Judicial no puede estar ajeno a la necesidad de justicia de la sociedad mexicana. No puede basar sus acciones en meros formalismos jurídicos propios de los regímenes autoritarios, sin considerar la amplia gama de experiencias y precedentes que la normatividad y la jurisprudencia internacionales han dejado sobre casos similares en otros países y cuya aplicación es incuestionable dada la vigencia que los principales tratados y Convenios Internacionales y de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Finalmente, la negativa de esta orden de aprehensión ha centrado el tema de la justicia únicamente en lo referente al castigo de los responsables de los crímenes del pasado. Sin dejar de señalar la importancia que este hecho representa en la lucha contra la impunidad, debemos enfatizar que otro derecho constantemente violado a los familiares y víctimas de la represión estatal es el derecho a la verdad. Es obligación de los órganos del Estado, a la par de la sanción a los responsables, el dotar a los familiares de los elementos necesarios para satisfacer ese derecho a la verdad.

Edgar Cortez
Director

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